Liquidación de empleadas domésticas

Liquidación de empleadas domesticas

Una de las inquietudes de quienes tienen en mente contratar servicios de limpieza y aseo para el hogar se relaciona a la liquidación de empleadas domésticas.

En este artículo tendrás acceso a la parte teórica y al procedimiento que debes seguir para calcular la liquidación de empleadas domésticas.

Esta liquidación debe brindársele a toda empleada doméstica si haces la contratación de forma directa, por eso lo mejor es que te apalanques en una empresa que se encargue de proveerte la empleada doméstica que necesitas.

Es así como puedes despreocuparte por temas legales, porque la empresa se hace cargo de ello.

Con Limpia Fácil no solo te ahorras trámites y contratos, también obtienes un servicio más efectivo porque:

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De manera que, con Limpia Fácil podrás tener una verdadera experiencia limpia, y disfrutar un servicio bajo altos estándares de calidad.

Contamos con años de experiencia en el mercado de limpieza y aseo a nivel doméstico y servicios para empresas y todo tipo de negocio.

Nuestras empleadas están debidamente vinculadas y cuentan con todos los beneficios establecidos por la ley, lo que garantiza más motivación a la hora de ejecutar el trabajo.

De igual forma, mira todo lo que debes tener en cuenta para la liquidación de empleadas domésticas:

¿Cuándo se precisa la liquidación de empleadas domésticas?

La liquidación de una empleada de servicio doméstico se debe hacer una vez que termine el contrato.

De hecho, algunos empleadores acostumbran a liquidar a la empleada de servicios domésticos al finalizar el año, sin que se haya terminado el contrato porque ella seguirá laborando al año siguiente.

Es importante tener claridad respecto a que, si el contrato no termina, solo debe liquidarse la prima de servicios al terminar el año, también los intereses sobre cesantías. Sin embargo, las cesantías no se entregan a la empleada, solo se consignan en el fondo de cesantías.

¿Qué se incluye en la liquidación de empleadas domésticas?

Ahora que ya tienes claridad sobre el hecho de que una empleada doméstica tiene los mismos derechos que un trabajador de cualquier empresa, sabes que ella debe ser liquidada y pagada al finalizar el contrato de trabajo.

Entre los conceptos que deben liquidarse, pueden mencionarse los siguientes:

  • La prima de servicios
  • El auxilio de cesantías
  • Los intereses sobre cesantías
  • La compensación en dinero de las vacaciones

Y si se da el caso de un despido injusto, entonces es necesario liquidar la indemnización por despido.

A continuación, algunos detalles:

#1: Liquidación de la prima de servicios

Toda empleada doméstica tiene derecho a su prima de servicios, y esta se debe liquidar al finalizar el contrato de trabajo.

En este sentido, ten en cuenta que la primera de servicios equivale a un mes de salario por cada año que se labora, y de manera proporcional cuando el tiempo es inferior a un año.

Al liquidarse el contrato de trabajo, hay que liquidar la prima de servicios que se ha originado desde la última liquidación de la misma.

Además, por ley la prima de servicios debe pagarse en dos partes, la primera siempre será el 30 de junio, y la segunda los primeros 20 días de diciembre.

Por lo tanto, si has actuado conforme a la ley, entonces solo tendrás que liquidar la fracción de tiempo desde la última liquidación de la prima hasta la fecha en la que se ha liquidado el contrato.

Siempre se liquida la prima de servicios sobre el salario mensual, y sobre el salario en especie si existe, y sobre el auxilio de transporte.

#2: Liquidación del auxilio de cesantías

Este auxilio corresponde a un mes de salario por cada año que ha trabajado la empleada doméstica, y debe ser proporcional cuando se ha trabajado menos de un año.

De la misma forma que la prima de servicios, este importante concepto en la liquidación de empleadas domésticas, se debe liquidar de forma anual.

Tal liquidación anual debe hacerse cada 31 de diciembre, por ello cuando termina el contrato de trabajo, se procede a liquidar las cesantías desde la última liquidación, y si no ha pasado un año, desde el inicio del contrato.

Las cesantías son entregadas de forma directa a la empleada. Ahora bien, si el contrato no termina, el auxilio de las cesantías se consigna en el fondo de cesantías.

#3: Los intereses sobre cesantías

Al tener derecho a las cesantías, las empleadas de servicio doméstico también tienen derecho a los intereses sobre las cesantías.

Tales intereses corresponden al 12% anual sobre el valor que se ha acumulado de las cesantías al momento de la liquidación del contrato de trabajo.

Ten en cuenta que, si el período por el cual se liquidaron las cesantías es inferior a un año, estos intereses deben pagarse de manera proporcional al tiempo que se haya laborado.

#4: La compensación en dinero de las vacaciones

Otro de los derechos que deben incluirse en la liquidación de empleadas domésticas es el correspondiente a las vacaciones, las cuales corresponden a 15 días hábiles por año de trabajo.

Una vez terminado el contrato es importante que se compensen las vacaciones que la empleada no haya disfrutado.

La liquidación corre desde la última vez que se hayan otorgado las vacaciones, o se hayan liquidado.

¿Puedes evitar la liquidación de empleadas domésticas?

La respuesta es sí y no.

Si haces la contratación por tu cuenta, estarás obligada a liquidar a tu empleada doméstica al terminar el contrato.

Pero si te apoyas en Limpia Fácil, no tendrás una obligación legal, sino que nosotros nos ocupamos de ellos y somos responsables de la liquidación y todos sus beneficios.

Contáctanos y conoce más, vive una experiencia limpia.

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